magisterio

Dignitatis Humanae 1 y 8 (1965).

DECLARACIÓN SOBRE LA LIBERTAD RELIGIOSA.

PABLO VI


7 de diciembre de 1965


EL DERECHO DE LA PERSONA Y DE LAS COMUNIDADES
A LA LIBERTAD SOCIAL Y CIVIL EN MATERIA RELIGIOSA

Proemio

DH 1. La dignidad de la persona humana se hace cada vez más clara en la conciencia de los hombres de nuestro tiempo, y aumenta el número de quienes exigen que el hombre en su actuación goce y use de su propio criterio y de una libertad responsable, no movido por coacción, sino guiado por la conciencia del deber. Piden, igualmente, la delimitación jurídica del poder público a fin de que no se restrinjan demasiado los confines de la justa libertad, tanto de la persona como de las asociaciones. Esta exigencia de libertad en la sociedad humana se refiere, sobre todo, a los bienes del espíritu humano, principalmente a aquellos que atañen al libre ejercicio de la religión en la sociedad. Secundando con diligencia estos anhelos de los espíritus y proponiéndose declarar cuán conformes son con la verdad y con la justicia, este Concilio Vaticano investiga a fondo la Sagrada tradición y la doctrina de la Iglesia, de las cuales saca a la luz cosas nuevas, siempre coherentes con las antiguas.
Así, pues, profesa en primer término el Sagrado Concilio que Dios manifestó al género humano el camino por el cual los hombres, sirviéndole a Él, pueden salvarse y llegar a ser felices, en Cristo. Creemos que esta única verdadera Religión subsiste en la Iglesia Católica y Apostólica, a la cual el Señor Jesús confió la obligación de difundirla a todos los hombres, diciendo a los Apóstoles: «Id, y enseñad a todas las gentes bautizándolas en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, enseñándoles a observar todo cuanto yo os he mandado» (Mt. , 28,19-20). Por su parte, todos los hombres están obligados a buscar la verdad, sobre todo en lo que se refiere a Dios y a su Iglesia, y, una vez conocida, a abrazarla y practicarla.
Confiesa, asimismo, el santo Concilio que estos deberes tocan y ligan la conciencia de los hombres, que la verdad no se impone sino por la fuerza de la misma verdad, que penetra suave y fuertemente en las almas. Ahora bien, como quiera que la libertad religiosa que exigen los hombres para el cumplimiento de su obligación de rendir culto a Dios se refiere a la inmunidad de coacción en la sociedad civil, deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo. El Sagrado Concilio, además, al tratar de esta libertad religiosa, pretende desarrollar la doctrina de los últimos Pontífices sobre los derechos inviolables de la persona humana y sobre el ordenamiento jurídico de la sociedad.


La educación para el ejercicio de la libertad

DH 8. Los hombres de nuestro tiempo son oprimidos de distintas maneras y se encuentran en el peligro de verse destituidos de su propia libertad de elección. Por otra parte, no son pocos los que se muestran propensos a rechazar toda sujeción so pretexto de libertad y a tener en poco la debida obediencia.
Por lo cual, este Concilio Vaticano exhorta a todos, pero principalmente a aquellos que cuidan de la educación, a que se esmeren en formar hombres que, actuando el orden moral, obedezcan a la autoridad legítima y sean amantes de la genuina libertad; hombres que juzguen las cosas con criterio propio a la luz de la verdad, que ordenen sus actividades con sentido de responsabilidad, y que se esfuercen en secundar todo lo verdadero y lo justo, asociando gustosamente su acción con los demás.
Por tanto, la libertad religiosa debe también servir y ordenarse a que los hombres actúen con mayor responsabilidad en el cumplimiento de sus propios deberes en la vida social.